Resolución: Katherine María Molina
Corado - Preparatoria
De acuerdo al Artículo 13 inciso a) en el Nivel de Educación
Preprimaria: el logro de los aprendizajes de las y los
estudiantes se registrará en un documento que permita una
visión integral del proceso y la descripción cualitativa del
mismo. Cada docente llevará un registro de todas las
actividades de evaluación que realice durante el proceso de
enseñanza y aprendizaje y del logro de las competencias de
las áreas y subáreas
Según el Artículo 16, el nivel de Educación
Preprimario determinará el resultado, por
medio de promovido (P) o no promovido
(NP).
Así mismo el Artículo18 dice: no aplica la
aprobación, sólo se reporta el progreso
alcanzado en cada una de las áreas que se
trabaja, de acuerdo con el desempeño de
cada estudiante.
Según Artículo 22, todas (os) las y los estudiantes del
Nivel de Educación Preprimaria serán promovidos
automáticamente a la etapa inmediata superior. Serán
promovidos automáticamente a Primer grado del Nivel
de Educación Primaria, siempre que hayan cumplido
como mínimo seis años sies meses de edad al inicio del
periodo lectivo
Resolución: Mario Alexander Molina Corado - 4to Primaria
De acuerdo al Artículo 13, inciso b.1,
los resultados de las actividades de
evaluación de cada unidad y de su
respectivo proceso de mejoramiento
se registrarán en un documento que
permitirá demostrar el avance
alcanzado por las y los estudiantes.
Basándonos en el Artículo 20, para efectos de nota
final del ciclo escolar, cada área o subárea se
considera aprobada cuando el estudiante obtiene
como mínimo sesenta (60) puntos de promedio de
las notas obtenidas en las unidades o bimestres de
la evaluaciones realizadas.
Según Artículo 23, inciso b, en
4°, 5° y 6° grados, cuando
obtengan un mínimo de
sesenta (60) puntos en cada
una de las áreas y subáreas.
De acuerdo al Artículo 13, inciso b.1, los resultados
de las actividades de evaluación de cada unidad y
de su respectivo proceso de mejoramiento se
registrarán en un documento que permitirá
demostrar el avance alcanzado por las y los
estudiantes.
Basándonos en el Artículo 24, las y los estudiantes
de todos los grados del Nivel de Educación Media
serán promovidos al grado inmediato superior,
cuando obtengan un mínimo de sesenta (60) puntos
en cada una de las áreas, subáreas, asignaturas o su
equivalente, en el plan de estudios respectivo.
Resolucíon: Juan Pablo Molina Corado - 5to Bachillerato en Computación
De acuerdo al Artículo 13, b.1, los resultados de las actividades
de evaluaciones de cada unidad y de su respectivo proceso de
mejoramiento se registrarán en un documento que permitirá
demostrar el avance alcanado por las y los estudiantes
Según el Artículo 24, las y los estudiantes de todos los grados
del Nivel de Educación Media serán promovidos al grado
inmediato superior, cuando obtengan un mínimo de sesenta
(60) puntos en cada una de las áreas, subáreas, asignaturas o
su equivalente, en el plan de estudios respectivo.
En el Colegio San Dionisio de la zona 14 Capitalina, se trabaja con el
nivel Pre-Primario, Primario y Medio (Básico y Diversificado). La familia
Molina Corado, tiene un hijo en cada nivel Educativo. Los padres de
familia solicitan les sea explicado por via escrita, por parte de la
comisión de Evaluación, cómo serán evaluados sus hijos y qué notas
deben obtener para aprobar cada área o sub-área y luego poder ser
promovido al grado inmediato superior. 1. Katherine María Molina
Corado, de 6 años de edad, Preparatoria. 2. Mario Alexander, Molina
Corado, de 9 años de edad, 4to Primaria. 3. Paola Lucrecia, Molina
Corado, de 13 años de edad, 2do Básico. 4. Juan Pablo, Molina Corado,
de 17 años de edad, 5to Bachillerato en Computación con Orientación
en Sistemas.