TIPO DE SOCIEDADES COMERCIALES EN COLOMBIA

Descrição

Sociedades
Jose Nadid Avila Barreto
Mapa Mental por Jose Nadid Avila Barreto, atualizado more than 1 year ago
Jose Nadid Avila Barreto
Criado por Jose Nadid Avila Barreto mais de 7 anos atrás
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Resumo de Recurso

TIPO DE SOCIEDADES COMERCIALES EN COLOMBIA
  1. SOCIEDAD EN COMANDITA
    1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS
      1. La razón social se forma con el nombre completo o el solo apellido de uno o mas socios colectivos
        1. Esta conformada siempre por dos clases de socios, los denominados Gestores o Colectivos
          1. El denominado socio comanditario no podrá ser nunca socios industrial
            1. La administración de la sociedad le corresponde a los socios colectivos, quienes podrán delegarla
              1. El capital se integra con los aportes de los socios comanditarios o con los de estos y los de los socios denominados colectivos
            2. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
              1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS
                1. Todos los socios responden hasta el monto de sus aportes,
                  1. Los socios de la compañía no podrán exceder de veinticinco
                    1. Cada socios tendrá tantos votos como cuotas posea en la compañía
                      1. El capital social se divide en cuotas de igual valor
                        1. El capital social debe pagarse íntegramente al momento de constituirse la sociedad
                      2. SOCIEDAD ANONIMA.
                        1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS
                          1. La denominación social debe ir seguida de las palabras "sociedad anónima" o de las letras "S. A.".
                            1. El capital se encuentra dividido en acciones de igual valor que se representan en títulos negociables
                              1. Las acciones son indivisibles
                                1. No podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas
                                  1. En el momento en que se constituya la sociedad, debe suscribirse no menos del cincuenta por ciento del capital autorizado
                                2. SOCIEDAD COLECTIVA
                                  1. PRINCIPALES CARACTERISTICAS
                                    1. Los socios responden solidariamente e ilimitadamente por las operaciones sociales
                                      1. Cualquier sociedad comercial podrá formar parte de una sociedad colectiva
                                        1. La cesión del interés social constituye una reforma de estatutos
                                          1. La administración corresponde a todos y cada uno de los socios
                                            1. Toda reforma del contrato social requiere el voto unánime de los asociados

                                          Semelhante

                                          Dom Casmurro
                                          Felipe Alves
                                          GEOMETRIA MOLECULAR
                                          Yani
                                          Paulo Freire Pedagogia da Autonomia
                                          lb.roberto
                                          GESTÃO DE PESSOAS
                                          cesarfabr
                                          ÉTICA NO SERVIÇO PÚBLICO
                                          Viviana Veloso
                                          Oração Subordinada Substantiva
                                          GoConqr suporte .
                                          Direito Processual Penal
                                          thiago.tc3
                                          Direito Processual Civil
                                          Joelma Silva
                                          Mapa Mental de GoConqr
                                          GoConqr suporte .
                                          QUIZ - FUNÇÃO DO 1° GRAU
                                          Clean Maria Reis
                                          BENS PÚBLICOS I
                                          Mateus de Souza