ALCANCE: trata del
empleo por parte del
auditor de
procedimientos de
confirmación externa
para obtener evidencia
de auditoría de
conformidad con los
requerimientos de la
NIA 330 y de la NIA
500
OBJETIVO: El objetivo
del auditor cuando
utiliza procedimientos
de confirmación
externa es diseñar y
aplicar dichos
procedimientos con el
fin de obtener
evidencia de auditoría
relevante y fiable.
DEFINICIONES
Confirmación externa: evidencia de auditoría
obtenida mediante una respuesta directa escrita de
un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor,
en formato papel, en soporte electrónico u otro
medio.
Solicitud de confirmación positiva: solicitud a la
parte confirmante para que responda directamente
al auditor, indicando si está o no de acuerdo con la
información incluida en la solicitud, o facilite la
información solicitada.
Solicitud de confirmación negativa: solicitud a la
parte confirmante para que responda
directamente al auditor únicamente en caso de no
estar de acuerdo con la información incluida en la
solicitud.
Sin contestación: falta de respuesta, o respuesta
parcial, de la parte confirmante, a una solicitud de
confirmación positiva, o una solicitud de
confirmación devuelta sin entregar.
Contestación en disconformidad: respuesta que pone
de manifiesto una discrepancia entre la información
sobre la que se solicitó confirmación a la parte
confirmante, o aquella contenida en los registros de la
entidad, y la información facilitada por la parte
confirmante.
Procedimientos de confirmación externa
- Determinación de la información que ha de confirmarse
o solicitarse, -Selección de la parte confirmante
adecuada, -Diseño de las solicitudes de confirmación,
-Seguimiento de las solicitudes de confirmación
Resultados de los procedimientos de confirmación externa
- Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de
confirmación, -Respuestas no fiables, -Sin contestación,
-Contestaciones en disconformidad