Zusammenfassung der Ressource
Formas jurídicas
- Elección
- Contrato
- Identificación de
los incvolucrados
- Tipo de
sociedad
- Domicilio de
sucursales
- Objetivo
social
- Capital
social
- Administradores
- Representante
global
- Sociedad de
responsabilidad
limitada
- Capital
social
- Cuotas de igual
valor
- Administradores
- Todos los socios pueden
administrar y fiscalizar la
sociedad
- Disolución
- Plazo terminado, perdida del
objetivo, acuerdo mutuo,
intervención de las
autoridades, etc.
- Sociedad colectiva
- Responsabilidad: Todos los socios
responden en forma solidaria e ilimitada
por las operaciones comerciales
efectuadas por la sociedad.
- Todo socio debe
solicitar a los
consocios
- Todo socio debe solicitar a los consocios a) Ceder su interés
en la sociedad b) Delegar las funciones de admon. En un
extraño c) Emprender la explotación del mismo objeto social
d) Formar parte en sociedades que exploten el mismo objeto
social e) Retirar cualquier bien f) Utilizar el nombre de la
sociedad en actividades distintas al objeto social.
- Sociedad en
comandita
- Denominación de socios: Los
gestores se responsabilizan
solidaria e ilimitadamente por las
operaciones sociales. Los
comanditarios, se limitan a la
responsabilidad del monto de sus
aportes.
- Capital Social: Se forma con
los aportes de los
interesados y los
comanditarios.
- Administración: Los gestores administran la
sociedad a través de un representante, los
comanditarios solo pueden representar al
gestor en determinados negocios
- Utilidades: Se reparten entre los
gestores y los comanditarios.
- Tipos: Comandita
simple y por
acciones
- Empresa unipersonal
- un único dueño
- esta obligada a conservar el 10% de las
utilidades de cada operación hasta juntar el
50% del capital social.
- Causas de disolución
- Cooperativa de
trabajo
asociado
- Sin fines de lucro
que pertenecen a la
economía solidaria
- Generar y mantener
trabajo para los
asociados, y
funcionar de forma
autónoma
- Solo pueden realizar
trabajos asociados
con servicios para el
beneficio de la
sociedad
- Sociedad de
economía mixta
- Constituyen con
aportes estatales
y de capital
privado
- Se requieren dos
actos jurídicos: la
ley o la ordenan y
el contrato de
sociedad
mercantil.
- Extranjeras
- Las empresas
traspasan los límites
nacionales para
convertirse en
multinacionales con
sucursales en otros
países.
- Las sociedades
extranjeras pueden girar
al extranjero las utilidades
que estén justificadas en
los estados financieros,
pero no pueden hacer
giros en avances de
utilidades futuras.
- Sociedad de
hecho
- Se constituye por escritura pública, las
personas que integran la sociedad de hecho
deben registrarse como personas naturales
que ejercen el comercio de manera
profesional.