Zusammenfassung der Ressource
Modificación, suspensión y extinción del contrato.
- Movilidad funcional
- Es el cambio de puesto y funciones en una empresa de trabajo
- Condiciones se trata de la titulación y
la dignidad que hay que tener en
cuenta de los trabajadores
- Tipos
- Horizontal: Dentro de el grupo de
trabajo no necesita justificación
- Vertical: Fuera del grupo de trabajo existe una justificación por
causas técnicas u organizativas durara el tiempo imprescindible y
será notificado a los representantes de los trabajadores
- Descendente: Se mantiene el salario
- Ascendente el salario es de categoría
- Movilidad extraordinaria: Tiene
como consecuencia la modificación
sustancial de las condiciones de
trabajo
- Movilidad geografica
- Conceptos: Es un cambio de centro de
trabajo que no esta previsto en el contratp
- Las causas: son las siguientes
económicas, técnicas,
organizativas o productivas
- Tipos
- Desplazamiento:
Comunicación del
desplazamiento entre 5 días y
tres meses de antelación y con
derechos entre 4 días y 3
meses de gastos de viaje y
dietas
- Traslado: Se traslada a una persona
en mas de 1 año en un periodo de 3
años
- Individual: El empresario
comunica con 30 días de
antelación y el trabajador
tiene derecho a pedir que se
paguen los gastos del viaje
- Colectivo: Los
empresarios
en 90 días
deben elegir
un numero de
trabajadores
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Materias: De el contrato de
trabajo las materias que puede
modificar el empresario son
jornada, horario, turnos,
salarios, sistema de trabajo y
rendimiento, funiones más alá
de la movilidad funcional
- Diferencia con descuelgue de el convenio: No se aplica al convenio
- Causas; Causas por las que el empresario puede modificar las
condiciones de trabajo, por causas económicas, técnicas,
organizativas, producción( relaccionadas con la competitividad
la productividad u organización)
- Tipos
- Individual
- Comunicar con 15 días al
trabajador y al representante de los
trabajadores
- Colectivos
- Se consulta con 15 días de
antelación al representante y
notificación y efecto en 7 días y
existe la posibilidad de recurrir de
forms individual y colectiva
- Suspensión del contrato de trabajo
- Al trabajador se le niega sus servicios y la retribución correspondiente
- Los tipos son
- Razones de conciliación: Maternidad,
Paternidad, adopción de menor de 6 años,
menor de edad discapacitado o con dificultad de
inserción.
- Excedencias
- Causas objetivas: Económicas, técnicas, organizativas o productivas.
- La Fuerza mayor temporal
- Huerza o cierre legal de la empresa
- Baja laboral por razones de
antigüedad y prestación de la
seguridad social
- Dos años de
plazo para
poder
incorporarte
a tu puesto
de trabajo
por
Incapacidad
permanente
- Suspensión empleo y sueldo por motivos disciplinarios
- La privación de libertad si
aún no hay condena. Con
condena, posibilidad
extinción.
- Mutuo acuerdo o pacto válido del contrato en trabajo
- Maternidad
- 16 semanas de
maternidad y tienes
6 días obligatorios
después de el parto
la madre y tienen 10
días para repartirse
el horario para cuidar
al hijo
- Fallecimiento de la
madre y del hijo:
Derecho del otro
progenitor
- Partos
prematuros
tiene 7 días
mas de baja o
de la
suspensión
- Para
- Menores de 6 años
- Entre 6 y 18 años
discapacitados
con dificultades
de inserción
social y familiar
- Tiene una
duración 16
semanas o dos
mas por hijo
discapacitado
- Disfrute a
tiempo
completo o
parcial con
acuerdo con
la empresa
- Paternidad
- 13 días mas dos permisos
retribuidos se pueden
ampliar 2 días por hijo en
pato múltiple y
discapacitado.
- Disfrute de dos días dentro
del parto
- Opciones 13 dias
- Después 2 días de
permiso
- Durante las
16 semanas
de
maternidad
- Después de la
maternidad
- Con acuerdo
de la
empresa se
determina si
a jornada
parcial o
completa
- Independiente de los días
cedidos de maternidad. No
posibilidad de cesión a la
madre
- Derecho prestación Seguridad Social tienen el
100% de BCC
- Maternidad
- Paternidad
- Riesgo durante el embarazo
- Lactancia
- Victima
violencia género:
Hasta 6 meses y
puede ser
ampliado por el
juzgado hasta 18
meses
- Causas objetivas
- Las causas
económicas son las
siguientes técnicas,
organizativas o de
producción
- Expediente de Regulación temporal de empleo
- Se debe comunicar a la autoridad laboral
- Negociación
tiene que ser
durante 15 días
con los
representantes
- El empresario comunica las causas
- El trabajador tiene
la posibilidad de
reclamar
- El trabajador
tiene derecho a
cobrar la
prestación de
desempleo
- Derecho
a
recobrar
180 si el
despido
fue
objetivo
- Excedencia
- Forzosa puede ser
por cargo publico,
sindical provincial o
superior
- Cuidado de
hijos: Se
reserva
cómputo de
antigüedad
con
duración de
tres años y
se reserva el
puesto
durante un
año el
puesto de
grupo
- Cuidado familiares dura hasta dos
años con familiares de segundo grado
que no se puedan valer por si mismos
y se reserva el puesto durante un año
y el puesto de grupo 3 años
- Extinción del contrato
- Por voluntad del trabajador
- El trabajador puede dimitir en
cualquier momento debe avisar con un
periodo de 15 días y no recibe
indemnización.
- Incumplimiento
grabe de la
empresa por el
retraso o el no
pagar el salario
- Puede hacer una movilidad funcional y geográfica con
una indemnización por parte de la empresa y con la
petición de extinción por parte del trabajador
- Por la modificación sustancial y las condiciones de trabajo
- Por ser victima de violencia de genero
no hay indemnización y se comunica
por escrito al empresario
- Por voluntad de la empresa
- Por despido disciplinario y los conceptos son por un
incumplimiento grave y culpable por parte del
trabajador
- Por indisciplina, desobediencia, faltas repetidas e
injustificación de la asistencia, ofensas verbales, físicas.
- La forma de despido
es por escrito con los
hechos y fechas
- Por las causas siguientes que son maternidad, paternidad, permiso de
lactancia, reducción de jornada por el cuidado de hijos o familiares, etc... Los
trabajadores no tienen porque recibir indemnización ni una explicación
- Por otras causas
- Por
finalización
del contrato
temporal,
muerte
jubilación o
invalided del
empresario o
del
trabajador,
extinción de
la
personalidad
jurídica por
mutuo
acuerdo y
pacto valido
del contrato
- Derecho procesal
- Juzgados y tribunales de lo social y plazos para acciones legales
- Los trabajadores tienen que seguir la solicitud de mediación para una reclamación
previa contra la administración. Acto de conciliación por interrupción de plazos
porque el trabajador no a presentado la presentación
- Proceso a seguir por el
trabajador para recurrir: Debe
proceder por causas probadas
la extinción de la relación
laboral y que no tiene derecho
a la indemnización. Lo
improcedente es no acreditar
las causas o la carta de
despido. La opción es la
readmisión con los salarios de
tramitación. Se anularía por causas ya comentadas
- Finiquito
- Tiene una doble naturaleza que es la liquidación de haberes y extinción de la relación laboral
- Cantidades a percibir es el salario pendiente parte proporcional a las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas y la indemnización por despido