Todo suceso repentino que sobrevenga
por causa o con ocasión del trabajo y que
produzca en el trabajador una lesión
orgánica, una perturbación funcional o
psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
(Art. 3 Ley 1562 de 2012).
Puede ser:
Durante la ejecución de órdenes del
empleador o contratante
Aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
Durante el traslado de los
trabajadores o contratistas desde
su residencia a los lugares de
trabajo o viceversa
Cuando el transporte lo
suministre el empleador.
El ocurrido durante el ejercicio de la
función sindical
Aunque el trabajador se encuentre
el permiso sindical siempre que el
accidente se produzca en
cumplimiento de dicha función.
Produzca por la ejecución de
actividades recreativas, deportivas o
culturales, cuando se actúe por
cuenta o en representación del
empleador
o de la empresa usuaria cuando se
trate de trabajadores de empresas
de servicios temporales que se
encuentren en misión.
Enfermedad laboral
Patología contraída como resultado de la
exposición a factores de riesgo inherentes
a la actividad laboral o del medio en el que
el trabajador se ha visto obligado a
trabajar. (Art. 4 Ley 1562 de 2012).
Legislación
. EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 1111 de 2017 Por la cual se
definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para
empleadores y contratantes
RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 (mayo 22) MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Por la cual se
establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de
trabajo
Artículo 4 de la ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan
otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional donde enuncia: la Enfermedad laboral.es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la
actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.
El artículo 41 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 52 de la Ley 962 de 2005: “CALIFICACIÓN
DEL ESTADO DE INVALIDEZ.
Responsabilidades
Trabajadores
1. Procurar el cuidado integral de su salud. 2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre
su estado de salud. 3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. 4. Informar oportunamente al empleador o
contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo. 5. Participar en las
actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del
SG- SST. 6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
Empleadores
Obligaciones
Empleadores
1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito,
suscribir la política de seguridad y salud. 2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades específicas en
Seguridad y Salud en el Trabajo. 3. Rendición de cuentas al interior de la empresa 4. Definición de Recursos 5.
Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables 6. Gestión de los peligros y riesgos 7. Plan de trabajo
anual en SST 8. Prevención y promoción de riesgos laborales 9. Participación de los trabajadores en el Comité
Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo 10. Dirección de la Seguridad y Salud en el Trabajo~ SST en
las empresas: debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo