Modificación, suspensión y extinción del contrato.
Movilidad funcional
Es el cambio de puesto y funciones en una empresa de trabajo
Condiciones se trata de la titulación y
la dignidad que hay que tener en
cuenta de los trabajadores
Tipos
Horizontal: Dentro de el grupo de
trabajo no necesita justificación
Vertical: Fuera del grupo de trabajo existe una justificación por
causas técnicas u organizativas durara el tiempo imprescindible y
será notificado a los representantes de los trabajadores
Descendente: Se mantiene el salario
Ascendente el salario es de categoría
Movilidad extraordinaria: Tiene
como consecuencia la modificación
sustancial de las condiciones de
trabajo
Movilidad geografica
Conceptos: Es un cambio de centro de
trabajo que no esta previsto en el contratp
Las causas: son las siguientes
económicas, técnicas,
organizativas o productivas
Tipos
Desplazamiento:
Comunicación del
desplazamiento entre 5 días y
tres meses de antelación y con
derechos entre 4 días y 3
meses de gastos de viaje y
dietas
Traslado: Se traslada a una persona
en mas de 1 año en un periodo de 3
años
Individual: El empresario
comunica con 30 días de
antelación y el trabajador
tiene derecho a pedir que se
paguen los gastos del viaje
Colectivo: Los
empresarios
en 90 días
deben elegir
un numero de
trabajadores
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Materias: De el contrato de
trabajo las materias que puede
modificar el empresario son
jornada, horario, turnos,
salarios, sistema de trabajo y
rendimiento, funiones más alá
de la movilidad funcional
Diferencia con descuelgue de el convenio: No se aplica al convenio
Causas; Causas por las que el empresario puede modificar las
condiciones de trabajo, por causas económicas, técnicas,
organizativas, producción( relaccionadas con la competitividad
la productividad u organización)
Tipos
Individual
Comunicar con 15 días al
trabajador y al representante de los
trabajadores
Colectivos
Se consulta con 15 días de
antelación al representante y
notificación y efecto en 7 días y
existe la posibilidad de recurrir de
forms individual y colectiva
Suspensión del contrato de trabajo
Al trabajador se le niega sus servicios y la retribución correspondiente
Los tipos son
Razones de conciliación: Maternidad,
Paternidad, adopción de menor de 6 años,
menor de edad discapacitado o con dificultad de
inserción.
Excedencias
Causas objetivas: Económicas, técnicas, organizativas o productivas.
La Fuerza mayor temporal
Huerza o cierre legal de la empresa
Baja laboral por razones de
antigüedad y prestación de la
seguridad social
Dos años de
plazo para
poder
incorporarte
a tu puesto
de trabajo
por
Incapacidad
permanente
Suspensión empleo y sueldo por motivos disciplinarios
La privación de libertad si
aún no hay condena. Con
condena, posibilidad
extinción.
Mutuo acuerdo o pacto válido del contrato en trabajo
Maternidad
16 semanas de
maternidad y tienes
6 días obligatorios
después de el parto
la madre y tienen 10
días para repartirse
el horario para cuidar
al hijo
Fallecimiento de la
madre y del hijo:
Derecho del otro
progenitor
Partos
prematuros
tiene 7 días
mas de baja o
de la
suspensión
Para
Menores de 6 años
Entre 6 y 18 años
discapacitados
con dificultades
de inserción
social y familiar
Tiene una
duración 16
semanas o dos
mas por hijo
discapacitado
Disfrute a
tiempo
completo o
parcial con
acuerdo con
la empresa
Paternidad
13 días mas dos permisos
retribuidos se pueden
ampliar 2 días por hijo en
pato múltiple y
discapacitado.
Disfrute de dos días dentro
del parto
Opciones 13 dias
Después 2 días de
permiso
Durante las
16 semanas
de
maternidad
Después de la
maternidad
Con acuerdo
de la
empresa se
determina si
a jornada
parcial o
completa
Independiente de los días
cedidos de maternidad. No
posibilidad de cesión a la
madre
Derecho prestación Seguridad Social tienen el
100% de BCC
Maternidad
Paternidad
Riesgo durante el embarazo
Lactancia
Victima
violencia género:
Hasta 6 meses y
puede ser
ampliado por el
juzgado hasta 18
meses
Causas objetivas
Las causas
económicas son las
siguientes técnicas,
organizativas o de
producción
Expediente de Regulación temporal de empleo
Se debe comunicar a la autoridad laboral
Negociación
tiene que ser
durante 15 días
con los
representantes
El empresario comunica las causas
El trabajador tiene
la posibilidad de
reclamar
El trabajador
tiene derecho a
cobrar la
prestación de
desempleo
Derecho
a
recobrar
180 si el
despido
fue
objetivo
Excedencia
Forzosa puede ser
por cargo publico,
sindical provincial o
superior
Cuidado de
hijos: Se
reserva
cómputo de
antigüedad
con
duración de
tres años y
se reserva el
puesto
durante un
año el
puesto de
grupo
Cuidado familiares dura hasta dos
años con familiares de segundo grado
que no se puedan valer por si mismos
y se reserva el puesto durante un año
y el puesto de grupo 3 años
Extinción del contrato
Por voluntad del trabajador
El trabajador puede dimitir en
cualquier momento debe avisar con un
periodo de 15 días y no recibe
indemnización.
Incumplimiento
grabe de la
empresa por el
retraso o el no
pagar el salario
Puede hacer una movilidad funcional y geográfica con
una indemnización por parte de la empresa y con la
petición de extinción por parte del trabajador
Por la modificación sustancial y las condiciones de trabajo
Por ser victima de violencia de genero
no hay indemnización y se comunica
por escrito al empresario
Por voluntad de la empresa
Por despido disciplinario y los conceptos son por un
incumplimiento grave y culpable por parte del
trabajador
Por indisciplina, desobediencia, faltas repetidas e
injustificación de la asistencia, ofensas verbales, físicas.
La forma de despido
es por escrito con los
hechos y fechas
Por las causas siguientes que son maternidad, paternidad, permiso de
lactancia, reducción de jornada por el cuidado de hijos o familiares, etc... Los
trabajadores no tienen porque recibir indemnización ni una explicación
Por otras causas
Por
finalización
del contrato
temporal,
muerte
jubilación o
invalided del
empresario o
del
trabajador,
extinción de
la
personalidad
jurídica por
mutuo
acuerdo y
pacto valido
del contrato
Derecho procesal
Juzgados y tribunales de lo social y plazos para acciones legales
Los trabajadores tienen que seguir la solicitud de mediación para una reclamación
previa contra la administración. Acto de conciliación por interrupción de plazos
porque el trabajador no a presentado la presentación
Proceso a seguir por el
trabajador para recurrir: Debe
proceder por causas probadas
la extinción de la relación
laboral y que no tiene derecho
a la indemnización. Lo
improcedente es no acreditar
las causas o la carta de
despido. La opción es la
readmisión con los salarios de
tramitación. Se anularía por causas ya comentadas
Finiquito
Tiene una doble naturaleza que es la liquidación de haberes y extinción de la relación laboral
Cantidades a percibir es el salario pendiente parte proporcional a las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas y la indemnización por despido