REGLAMENTO de la Ley General de
Salud en Materia de Investigación para
la Salud
Establece los lineamientos y principios a los
cuales deberá someterse la investigación
científica y tecnológica destinada a la salud
El desarrollo de la investigación para la salud debe atender
a aspectos éticos que garanticen la dignidad y el bienestar de la
persona sujeta a investigación
La investigación para la
salud comprende el
desarrollo de acciones que
contribuyan:
Al conocimiento de los procesos
biológicos y psicológicos en los
seres humanos
Al conocimiento de los vínculos
entre las causas de enfermedad, la
práctica médica y la estructura socia
A la prevención y control de los
problemas de salud
Al conocimiento y evaluación
de los efectos nocivos del
ambiente en la salud
Al estudio de las técnicas y métodos que se
recomienden o empleen para la prestación de
servicios de salud
A la producción de insumos para la salud
Le corresponde a la Secretaria
Emitir normas y técnicas
Organizar y operar actividades de
investigaciones sus unidades administrativas
Promover, orientar, fomentar y
apoyar las actividades de
investigación
Realizar una evaluación general a las actividades de investigación
Coordinar la investigación dentro del marco del sistema Nacional de Salud
Aspectos Éticos de la Investigación en Seres Humanos
Debe prevalecer el respeto a la dignidad y protección a
los derechos y bienestar de la persona sujeta a estudio
Deberán prevalecer siempre las probabilidades de
los beneficiados esperados sobre los riesgos
predesibles
Consentimiento informado por escrito del sujeto
de investigación o su representante legal
Se protegerá la
privacidad del
individuo
Se considera como riesgo de la investigación a la
probabilidad de que el sujeto de investigación sufra
algún daño como consecuencia inmediata o tardía del
estudio.
Tipos de investigación:
Investigación sin riesgo: son
técnicas y métodos de
investigación documental
(entrevistas...)
Investigación con riesgo mínimo:
procedimiento comunes en
exámenes físicos (peso, talla...)
Investigación con riesgo mayor que el
mínimo: probabilidades de afectar al sujeto
(ensayos con medicamentos..)
El investigador principal suspenderá la investigación de inmediato, al advertir algún riesgo o daño a la salud
del sujeto en quien se realice la investigación. Asimismo, será suspendida de inmediato cuando el sujeto de
investigación así lo manifieste.