Responsabilidad
objetiva y subjetiva
del patrono y su
responsabilidad penal
Responsabilidad objetiva
Esse da puesto que el
demandante en este caso el
empleado no necesita demostrar
la culpa, negligencia,
imprudencia o impericia por
parte del patrono
Responsabilidad
subjetiva
Esta se da cuando por negligencia,
imprudencia o intensión (mala fe) por
la parte del patrono se ve afectada la
salud del empleado
Sanción penal
Esta se da para garantizar el
cumplimiento de todas las
obligaciones que la normativa
sobre seguridad y salud laboral
imponen a los distintos sujetos
implicados en la prevencion de
los riesgos derivado os del trabajo