" La prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario". Art. 20 L.F.T.
" La prestación de un trabajo personal subordinado a una persona,
mediante el pago de un salario". Art. 20 L.F.T.
Se dividen en:
COLECTIVAS
Grupos sociales.
Entre
Patrones o Sindicatos de patrones
Sindicatos de trabajadores
Para la defensa de sus intereses comunes.
Coaliciones de trabajadores.
Por medio
CONTRATO COLECTIVO
¿Qué debe contener?
Nombre y
domicilios de los
contratantes.
Duración del contrato (por
tiempo determinado o
indeterminado)
Lugar y Jornadas de trabajo
Monto de salarios.
Capacitación de los trabajadores.
¿Cómo debe ser?
EScrito
de lo contrario quedará
nulo.
Exepciones
El patrón puede
contratar
trabajadores
sindicalizados sin
contrato si este no
es solicitado.
Puede celebrase por:
Tiempo Indeterminado:
Derechos
Establecer en la empresa las
condiciones de los
trabajadores.
Vacaciones, Reparto de utilidades y prestaciones.
Indemnización por término de relación: lo
estipulado mas en el contrato menos 3 meses
de salario mas la prima de antigüedad.
Reajuste de puesto: menos 4
mese de salario mas 20 dias cada
año de servicio. (Depende de los
establecido en el contrato.
Obligaciones
Pagar cuota sindical
Puede haber un
periodo de prueba
(no mayor a dias)
Continuas sin fecha de termino.
Discontinuas
¿Cuándo?
Son por temporadas
Con actividades fijas y trabajo por lapsos.
Tiempo Determinado
Derechos
Indemnización por término de la
relación:Lo estipulado en el contrato
menos 3 meses de salario mas prima
de antigüedad.
Obligaciones
Pagar cuota sindical
Justificar faltas (inmediatamente)
Cumplir reglamento.
INDIVIDUALES
Entre
Trabajador
Por medio
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
¿Cómo deben ser?
Por escrito
De no ser cumplido
Se imputará al patrón.
Debe haber mínimo una
copia individual para
cada parte.
¿Qué debe contener?
Datos del empleado y empleador.
El nombre, nacionalidad,
edad, sexo , estado civil y
domicilio .
Condiciones de
trabajo y
capacitación
relación de trabajo es por obra o
tiempo determinado o tiempo
indeterminado.
La duración de la
jornada y la forma y el
monto del salario.
Tiempo Determinado
Derechos
* Vacaciones, reparto de
utilidades, prestaciones.
Indemnización por
termino de la relación:
*Menor a un año de
trabajo : se otorga la
mitad del salario total.
*Mayor a un año de trabajo: 6
meses por primer año, 20 días
cada uno de los demás menos 3
meses de salario mas salarios
vencidos.
Obligaciones
Cumplir reglamentos.
Justificar faltas.
Tiempo Indeterminado.
Derechos
* Vacaciones, reparto de
utilidades, prestaciones.
Indemnización por termino de la relación:
20 días de salario por cada uno de los años
de servicios prestados. en el importe de
tres meses de salario y el pago de los
salarios vencidos e intereses, en su caso, en
los términos previstos en el artículo 48 de
esta Ley.