Zusammenfassung der Ressource
Trabajo de suspención
extinción y modificación
laboral
- MOVILIDAD
- MODIFICACIÓN
- INDIVIDUAL
Anmerkungen:
- Se considera de carácter individual la modificación, siempre que en un periodo de noventa días afecten a un número de trabajadores inferiores a:Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.Treinta trabajadores, en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.Cuando con objeto de eludir las actuaciones en caso de modificaciones de carácter colectivoLa empresa realice modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales establecidos para las modificaciones colectivas, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas modificaciones se consideran efectuadas en fraude de ley y serán declaradas nulas y sin efecto.
- COLECTIVA
Anmerkungen:
- Se considera de carácter colectivo la modificación que, en un periodo de noventa días afecte al menos a:
Diez trabajadores, en las empresas que ocupen a menos de cien trabajadores.El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa, en aquellas que ocupen a entre cien y trescientos trabajadores.Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
- SUSTANCIAL
Anmerkungen:
- Según el artículo de los trabajadores, tiene derecho a veinte días por nueve meses trabajados.
- FUNCONAL
Anmerkungen:
- Cambio de puesto y funciones condiciones:
1ºRespeto dignidad
2ºTitulación
- HORIZONTAL
- VERTICAL
Anmerkungen:
- Fuera del grupo.
Por las siguientes causas:
1-Técnicas.
2-Organizativas.
- EXTRAORDINARIA
Anmerkungen:
- -Condiciones de trabajo.
-Por modificación sustancial.-Cambio definitivo de sus funciones.
- GEOGRÁFICA
Anmerkungen:
- Motivos para el traslado:
Deben ser producidos por la existencia de alguna de las siguientes razones:
Económicas
Técnicas
Organizativas
De producción
Por contrataciones referidas a la actividad empresarial.
- DESPLAZAMIENTO
Anmerkungen:
- El empresario debe de:
-Comunicar con una antelación de cinco días mas tres meses.
El empleado tiene derecho a:- Cuatro días por tres meses.-Incluye gastos de viaje y dietas.
- TRASLADO
Anmerkungen:
- + Con más de un año y en posesión de un periodo de tres meses.
- COLECTIVO
Anmerkungen:
- Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa que ocupe entre cien y trescientos trabajadores.
Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
Actuación del empresario
Apertura de un período de consultas con los representantes de los trabajadores de una duración no superior a quince días.
Notificación de la apertura del período de consultas y de las posiciones de las partes tras su conclusión a la Autoridad laboral competente.
Notificación a los trabajadores de su decisión de traslado, tras la finalización del período de consultas, con al menos treinta días de antelación a la fecha de efectividad del mismo.
- INDIVIDUAL
Anmerkungen:
- Actuación del empresario
El empresario notificará con una antelación mínima de treinta días a la fecha de la efectividad del traslado, al trabajador afectado y a sus representantes legales la decisión adoptada.
Cuando el empresario, tratando de evitar el procedimiento establecido para los traslados colectivos, realizase traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los establecidos para dicho procedimiento, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, se considerará en fraude de ley y serán declarados nulos y sin efectos.
Actuación del trabajador:
El trabajador podrá optar entre:
El traslado, percibiendo una compensación por los gastos propios que se produzcan por este motivo, así como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convenga entre las partes, que nunca podrá ser inferior a los mínimos establecidos en los Convenios.
La extinción de la relación laboral, percibiendo en este caso una indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, y con un máximo de doce mensualidades.
Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo establecido, el trabajador, si se muestra disconforme con la decisión empresarial, podrá impugnarla ante el Juzgado de lo Social. La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen.
Si el empresario se negara a ello, el trabajador podrá solicitar la extinción del contrato con las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
- SUSPENSIÓN
- FUERZA MAYOR TEMPORAL
- EXCEDENCIAS
- CUIDADO DE HIJOS
Anmerkungen:
- - Duración de hasta tres años, con reserva de puesto durante un año.
- Antigüedad y cursos de formación.
- CUIDADO DE FAMILIARES
Anmerkungen:
- -Dos años con familiares segundo grado que no se puedan valer.
-Derecho a reserva del puesto durante un año.
-Se conserva antigüedad, cursos de formación sin límite alguno.
- FORZOSA
Anmerkungen:
- 1- Cargo público o sindical provincial o superior.
2- Reservar el puesto y el cómputo total de antigüedad.
- VOLUNTARIA
Anmerkungen:
- Se precisa de una antigüedad de al menos un año.
- No se reserva del puesto de trabajo pero tiene preferencia en caso de vacantes.
-La duración sería entre cuatro meses y cinco años.
- MOTIVOS DISCIPLINARIOS
- CAUSAS OBJETIVAS
Anmerkungen:
- -Técnicas
- Económicas
-Organización o producción
PROCEDIMIENTO ERTE:
- Negociación 15 días con representantes.
-Comunicación a la autoridad laboral
-Posterior notificación del empresario.
Posibilidad de reclamación por los trabajadores.
Derecho a cobro prestación desempleo.
Derecho a cobrar 180 días si despido objetivo.
- PRIVACIÓN DE LIBERTAD
- INCAPACIDAD PERMANENTE
- HUELGA O CIERRE DE EMPRESA
- RAZONES DE CONCILIACIÓN
- PATERNIDAD
Anmerkungen:
- Tiene derecho a:
-Trece días con dos de permiso retribuido.
-Ampliable 2 días por hijo si es parto múltiple y discapacitado.
- Con disfrute de 2 días tras el parto
- Trece días y después de dos días de permiso, durante dieciséis semanas de maternidad, si es después de la maternidad.
- Jornada completa o parcial con acuerdo de la empresa independientemente de los días cedidos por maternidad.
- Sin posibilidad de cesión a la madre
- Con derecho a la prestación por la SS del 100% por la Base de Cotización por Contingencias Comunes.
- ADOPCIÓN
Anmerkungen:
- -Si son menores de seis años o mayores de seis años con una discapacidad o dificultades sociales.
- Duración de dieciséis semanas, y dos más por hijo o si fuese discapacitado.
- Aprovechamiento a tiempo completo o parcial con el acuerdo de la empresa.
- VICTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO
- LACTANCIA Y RIESGO DE EMBARAZO
Anmerkungen:
- Reconocido el derecho a prestación por SS del 100% según la Base de Cotización por Contingencias Comunes si ha cotizado cierto periodo.
- MATERNIDAD
Anmerkungen:
- Le corresponden los siguientes derechos:
- Dieciséis semanas con dos más si hay parto múltiple o discapacidad.
- Seis obligatorias para la madre tras el parto.
- Diez a decisión de la madre eligiendo antes o después y si es para ella o para el padre siendo simultánea o sucesiva.
- Por fallecimiento de la madre o del hijo:* Derecho del otro progenitor.
- Partos prematuros con hospitalización con más de siete días:
- Ampliación de la maternidad hasta un máximo de trece semanas.
- Maternidad a tiempo parcial.
Con derecho prestación SS del 100% de Base de Cotización de Contingencias Comunes.
- EXTINCIÓN
- VOLUNTAD DE LA EMPRESA
- DE FUERZA MAYOR
Anmerkungen:
- Según las siguientes causa:
- Hecho involuntario e imprevisible.
-Procedimiento:
1º Envío documentación a autoridad laboral que debe constatar los hechos en 5 días.
2º Una indemnización de veinte días por doce meses.
- CAUSAS OBJETIVAS
Anmerkungen:
- Tiene varias formas:
-Por escrito con causa y 15 días preaviso
-indemnización de veinte días y doce meses
-Licencia de seis horas semanales.
Si es procedente:
-Se justifica la causa.
- Si no tiene pre-aviso tiene el derecho al cobro de todos los días que no haya sido avisado.
-Improcedente: Opciones empresario en plazo de cinco días:
Readmisión:
-devolver la indemnización.
-pago salarios de tramitacción.
Indemnización: pagarle el resto hasta treinta y tres días por veinticuatro meses.
-Nulo: Iguales a efectos y causas que en el despido disciplinario.
- DESPIDO COLECTIVO
Anmerkungen:
- Puede ser:
-ERE: comunicación a representantes, trabajadores y copia a la administración sobre causas, nº de trabajadores y grupos profesionales.
-Consulta con representantes de los trabajadores entre quince a treinta días.
- Si el resultado es con acuerdo o sin acuerdo.
Se comunica la decisión a los representantes, administración y trabajadores a partir de treinta días desde el inicio de período consultas.
Con posibilidad de recursos colectivos o individuales.
Teniendo prioridad los representantes. trabajadores Efectos: ajustada a derecho con causa y procedente( indemnización 20/12) no ajustada a derecho, nula( no procedente o contra derechos fundamentales).
- DESPIDO DISCIPLINARIO
Anmerkungen:
- Forma:
por escrito, hechos y fechas de lo ocurrido, representantes de los trabajadores: derecho a expediente contradictorio.
EFECTOS:
-Procedente: ( acreditado y carta).
Opciones empresario:
Tiene una indemnización de:
-Treinta y tres días por veinticuatro meses o re-admisión.
-Si no hay carta, posibilidad de despido correcto en siete días.
- VOLUNTAD DEL TRABAJOR
- POR ABANDONO
Anmerkungen:
- No tiene derecho a:
- Indemnización.
si tiene la posibilidad de:
- Reclamar daños y perjuicios.
- POR DIMISION
Anmerkungen:
- Sin derecho a:
- Indemnización.
Tiene que tener un pre-aviso de quince días según dicte el convenio.
- INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LA EMPRESA
Anmerkungen:
- En caso de:
- No pagar.
- Retrasos de salarios.
- Modificación sustancial menoscabo a la dignidad.
- Solicitud para el juzgado.
- Con una indemnización de veinte días por doce mese.
- VICTIMA VIOLENCIA DE GÉNERO
Anmerkungen:
- -Sin indemnización
-Desempleo
-Comunicado por escrito al jefe.
- MOVILIDAD FUNCIONAL GEOGRÁFICA
Anmerkungen:
- Tiene el derecho a:
-Una indemnización con veinte días por doce meses.
-Con petición de extinción por escrito o recurso.
- OTRAS CAUSAS
- FALLECIMIENTO- INVALIDAD DEL EMPRESARIO O TRABAJADOR
Anmerkungen:
- Con derecho a:
- Una indemnización de un mes sin actividad
- Seis meses si es muerte por accidente de trabajo y enfermedades profesionales.
Tiene que ser comunicado por escrito.
- EXTINCIÓN PERSONAL O JURÍDICA
Anmerkungen:
- Debe de tener una indemnización de veinte días por doce meses según Estatuto de los Trabajadores.
- PACTO VALIDO DEL CONTRATO
Anmerkungen:
- Debe tenerse en cuenta que :
El motivo del pacto debe aparecer en concreto.
Y no tiene derecho a:
- Indemnización.
- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO TEMPORAL
Anmerkungen:
- La empres está obligada a comunicar con quince días si el contrato es de más de un año.
- La indemnización es de doce días por las empresas de trabajo temporal y los contratos temporales según el cambio realizado en 2015.
- DE MUTUO ACUERDO
Anmerkungen:
- Sin derecho a:
- Tener una indemnización.
- Sin aviso previo.