Zusammenfassung der Ressource
CONTRATO LABORAL
- CLASIFICACIÓN DE CONTRATOS
- DE APRENDIZAJE
- El empleado realiza formación
teórica práctica en una entidad
autorizada, a cambio de que la
empresa brinde posibilidad de
adquirir experiencia proporcione
los medios para adquirir formación
profesional requerida en el oficio,
actividad u ocupación.
- DURACION
- A TERMINO FIJO
- Su duración no puede ser
superior a 3 años y es renovable
a futuro
- Si el término fijo es inferior a un 1 año,
únicamente podrá prorrogarse
sucesivamente el contrato hasta por tres
3 períodos iguales o inferiores
- El empleado tiene derecho al pago
de vacaciones y prima de servicios
en proporción al tiempo laborado
- Se estipula el tiempo determinado,
que realización de una obra o labor
determinada, por tiempo
indefinido o transitorio.
- DURACIÓN INDEFINIDA
- Su duración no esta determinada
por la de la obra, o la naturaleza
de ella, no es contrato ocasional.
- tendrá vigencia mientras subsistan las
causas que le dieron origen, con
antelación a los 30 días si asi lo decide
el empleador
- TRANSITORIO
- Contrato ocasional, accidental o
transitorio es aquel no mayor de
30 días, y cuyas labores sean
distintas de las actividades
normales del empleador
- POR OBRA O
LABOR
- se realiza para una labor
específica y termina en el
momento que la obra
llegue a su fin. Este tipo
de vinculación es
característica de trabajos
de construcción, de
universidades y colegios
- REALIDAD
- Resulta de una relación contractual
civil o comercial que declarada por el
juez como una relación laboral
basada en la subordinación
comprobada.
- Es según Art.
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- Contrato por el cual una persona
natural se obliga a prestar un
servicio personal a otra persona,
natural o jurídica, bajo la continuada
dependencia o subordinación de la
segunda y mediante remuneración,
cumpliendo así las condiciones y
parámetros pactados en él.
- ELEMENTOS ESENCIALES Art.
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- Actividad personal del trabajador
- Continuada subordinación o dependencia
- Un salario como retribución del servicio
- PERIODO DE PRUEBA
- Etapa inicial con fin de apreciar y
evaluar las aptitudes del trabajador,
por un tiempo máximo de 2 meses
- FORMAS
- ESCRITO Art.
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- Se lleva a cabo en hecho en un
documento impreso que ha
sido firmado por el prestamista
y el prestatario.
- LO
CONFORMAN
- CERTIFICACION DEL
CONTRATO.
- CLAUSULAS INEFICACES
- CLAUSULA DE NO CONCURRENCIA
- PRORROGA
- SUSPENSIÓN
- Por
- Fuerza mayor o caso fortuito que
temporalmente impida su ejecución.
- Muerte o la inhabilitación del empleador
- suspensión de actividades o
clausura temporal de la empresa,
hasta por 120 días por razones
técnicas, económicas o
independientes del empleador.
- Licencia o permiso temporal concedido por
el empleador al trabajador o por suspensión
disciplinaria.
- ser llamado el trabajador a prestar el servicio militar.
- Detención preventiva del trabajador o por arresto
correccional que no exceda de ocho 8 días.
- Huelga declarada en la forma prevista en la Ley.
- REVISIÓN
- REANUDACIÓN DEL TRABAJO
- EFECTOS DE LA SUSPECIÓN
- PRUEBA DEL CONTRATO
- VERBAL Art.
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- REQUISITOS
- La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse
- La cuantía y forma de la remuneración
- La duración del contrato.
- El empleador y empleado se
ponen de acuerdo con las
siguientes condiciones en
forma de palabra
- Partes
- EMPLEADO
- DERECHOS
- Recibir y proclamar por su justa remuneración
salarial
- A cesantias, vacaciones, prima, y afiliación a salud
médica
- OBLIGACIÓNES
- Prestar el servicio personal en la forma,
tiempo y lugar convenidos.
- Deber de diligencia
- No comunicar con terceros, salvo
la autorización expresa, las
informaciones que tenga sobre su
trabajo o internas de la privacidad
de la empresa
- Conservar en buen estado, salvo el
deterioro natural, los
instrumentos y útiles que le hayan
sido facilitados
- Comunicar al empleador las
observaciones que eviten daños y
perjuicios
- Guardar rigurosamente la
moral en las relaciones con
sus superiores y compañeros
- Observar las medidas
preventivas higiénicas
prescritas
- Observar con suma diligencia y
cuidado las instrucciones y
órdenes preventivas de
accidentes o de enfermedades
- Respeto de salarios, pueden
hacerse deducciones o
retenciones
- EMPLEADOR
- DERECHOS
- De despido sobre el empleador
- A exigir por el cumplimiento del sabor o
funciones del empleado
- OBLIGACIONES
- Brindar elementos adecuados de
protección contra los accidentes
y enfermedades profesionales en
forma que se garanticen
razonablemente la seguridad y la
salud.
- Poner a disposición los
instrumentos adecuados y las
materias primas necesarias para la
realización de las labores
- Prestar inmediatamente
los primeros auxilios en
caso de accidente o de
enfermedad.
- Pagar la remuneración pactada
en las condiciones, períodos y
lugares convenidos.
- Guardar absoluto respeto a la
dignidad personal del
trabajador, a sus creencias y
sentimientos.
- Conceder licencias necesarias
para el ejercicio del sufragio,
como calamidades
domesticas u otras indoles
justificadas.
- Dar expiración al contrato si así
lo solicita el empleado
- Pagar al trabajador los
gastos razonables de
venida y de regreso
- Cumplir el reglamento
y mantener el orden,
la moralidad y el
respeto a las leyes
- Conceder una licencia remunerada
por luto de cinco 5 días hábiles al
trabajador en caso de fallecimiento
de un familiar hasta segundo grado
o conyuge
- Para trabajadora en estado de embarazo
conceder la licencia remunerada
consagrada en el numeral 1 del artículo 236